Nueva ley de medioaudiovisuales

La Ley Vieja vs La Ley Nueva


La siguiente es una síntesis comparativa entre la ley vigente y la norma a debatir:
1) Comparando los conceptos de “libertad de expresión”:

La ley vigente limita esa facultad por las necesidades de la Seguridad Nacional debido a que fue sancionada en el gobierno de facto.

El proyecto propuesto de Servicios de Comunicación Audiovisual garantiza el derecho humano universal a la información y a la libertad de expresión como lo prevé la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

2) Comparando las definiciones sobre “las autoridades de aplicación”:

La norma vigente establece que el organismo que regula a la radio y televisión está integrado por militares, servicios de inteligencia y empresarios.

En cambio, el proyecto de ley propone que el ente sea dirigido por un órgano colegiado compuesto por representantes de la legislatura nacional, de la segunda y tercera minoría y representantes del Poder Ejecutivo Nacional. También establece un Consejo multisectorial y participativo integrado por miembros de las Universidades, de las Asociaciones sin fines de lucro, de los trabajadores, etc.

3) Acerca de los monopolios y oligopolios:

Ley vigente 22.285: admite esas instancias en los medios de comunicación. El Estado tiene una participación subsidiaria ya que solo puede dar servicio en áreas geográficas no rentables para los privados.

La nueva ley impide la formación de monopolios y oligopolios, promoviendo el pluralismo del espectro y de los servicios de Comunicación Audiovisual. El Estado Nacional, las Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios tendrán asignadas frecuencias.

4. Sobre el plazo de licencias:

La antigua 22.285 establece que las licencias duran 15 años y pueden prorrogarse por 10 más.

La propuesta actual aconseja que duren 10 períodos y se podrán extender previa realización de audiencias públicas.

5. ¿Qué dice una y otra sobre los requisitos para ser titular de una licencia?:

Ley vigente 22.285: exige requisitos personales basados en la posesión de riqueza y preferencia de aspectos patrimoniales.

En cambio el proyecto de Servicios de Comunicación Audiovisual establece que para ser titular de una licencia se ponderarán criterios de idoneidad y de arraigo en la actividad. Excluirá a quienes hayan sido funcionarios jerárquicos de gobiernos de facto, atendiendo a la importancia de los medios en la construcción del Estado de Derecho y la vida democrática.

6. Sobre los contenidos de interés público:

La ley vigente permite la codificación de las transmisiones deportivas, impidiendo el acceso abierto a la mayoría de la población.

La norma propuesta en la actualidad prevé que los partidos de fútbol relevantes puedan ser transmitidos por televisión abierta.

7. Las cooperativas también estarán presentes en este debate acerca del pasado y futuro:

La participación de esas asociaciones estuvo prohibida hasta el año 2005. En la actualidad mantienen algunas restricciones.

El proyecto de ley a debatir establece un régimen abierto para los cooperativistas.

8. ¿Qué definen ambas reglamentaciones acerca del cine nacional?:

Ley vigente 22.285: No está previsto.
Proyecto de Ley: fija una cuota de pantalla de cine nacional como lo hicieron países como Francia o Brasil.



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1) Proporcionar un marco legal.

La reglamentación está destinada a dar contenido normativo a la radiodifusión en todas sus formas, incluyendo los sistemas pagos o gratuitos.

2) Crear un organismo colegiado.

Se creará la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AUFER) encargada de aplicar, interpretar y hacer cumplir la ley. Sus miembros serán designados por una Comisión bicameral y el Poder Ejecutivo de la nación. Existirá también un Consejo Federal cuyos miembros provinciales van a representar a los prestadores privados, a las emisoras universitarias, a los medios públicos y a los trabajadores de prensa.

3) Universalizar la comunicación para ampliar los medios comunitarios.

Las cooperativas podrán prestar servicios de comunicación siempre y cuando se garantice una porción del mercado a un competidor. La intención de esta norma es regularizar los medios regionales y establecer un régimen abierto. Las universidades podrán tener su medio de comunicación sin restricciones y los medios estatales mostrarán autonomía de los gobiernos.

4) Evitar monopolios y oligopolios.

A tal fin, el proyecto prevé tres modelos de gestión de medios: privada comercial, estatal o privada sin fines de lucro. Además las reglamentaciones deberán favorecer la pluralidad de mensajes.

5) Distribuir las licencias.

Cada concesionario podrá tener diez licencias. Ninguna empresa deberá superar una audiencia nacional al 35 por ciento del total de habitantes.

6) Difundir el cine nacional.

Una Cuota mínima de pantalla para el cine argentino será prevista en la ley para las señales de televisión que deberán emitir películas nacionales y favorecer la producción local.

7) Reservar el espacio audiovisual a organizaciones sin fines de lucro.

El 33 por ciento del espectro será destinado a esos grupos.

8) Divulgar masivamente los eventos deportivos trascendentes para el país.

Los partidos de fútbol y otros encuentros olímpicos que sean de interés para la Argentina se transmitirán por la televisión abierta de acceso libre.

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